Las 37 leyes que fundamentaron la Transición
O de cómo se reformó el franquismo para acabar con la dictadura, y con el franquismo, sin necesidad de romperlo.
“[…] desde la caída del
gobierno Arias, esa sensación única, irrepetible, de vivir todavía en un pasado
que pugna por no desaparecer y un futuro que está ya ahí, presente, pero que no
acaba de llegar […] no es que tuviéramos que recordar el pasado; es que
vivíamos con el pasado pegado a la espalda.”
Santos Juliá: Elogio
de Historia en tiempo de Memoria, 2011.
La Ley para la Reforma Política fue promulgada
el 4 de enero de 1977. Cuando los ciudadanos españoles decidieron, a
finales del año anterior, y por medio de un referéndum, tras décadas de
dictadura, que fueran convocadas elecciones libres, democráticas, para abrir la
posibilidad de establecer una reforma
constitucional, la transformación política del Estado resultaba ya evidente.
Lo que la mayoría quería era la reforma. Lo que no querían los españoles era la
ruptura. Y ahí la palabra consenso
fue definitiva.
El primer Gobierno de Adolfo Suárez había logrado completar, como bien remarcara el historiador español Álvaro Soto, su triple éxito: derrotar a los continuistas en las Cortes y a los defensores de la ruptura, primero en la calle (me refiero al fracaso de la gran huelga general del día 12 de noviembre a la hora de impedir el proceso tal y como lo estaba conduciendo el segundo gabinete de la monarquía), y, de inmediato, en las urnas.
La oposición política acabó por sentarse a negociar la
manera de integrarse en el proceso. La significativa y mayoritaria ratificación
plebiscitaria de la Ley para la Reforma Política había legitimado democráticamente
la reforma constitucional de las Leyes Fundamentales de la dictadura, que
serían sustituidas por una auténtica constitución, y, especialmente, al propio
Gobierno de Suárez.
Por su parte, el rey Juan Carlos I dejaba con
ese resultado plebiscitario de ser un rey designado por un dictador para
convertirse en un rey legitimado por el refrendo popular de la vía transicional
que venía pergeñando en medio del oleaje de los acontecimientos sociales,
económicos y políticos, favorables las más de las veces, pero en ocasiones
contrarios al rumbo que había decidido instituir a su reinado.
Enero de 1977, el mes de la promulgación de la ley por
antonomasia de los reformistas, aquella para la Reforma Política, incluyó entre
sus semanas a la más sangrienta de toda la Transición, aquella que ha sido dada
en llamar la semana trágica de laTransición, cuya culminación fue la matanza de varios abogados
laboralistas el día 24, en la madrileña calle de Atocha, a manos de pistoleros
ultraderechistas, sangrientos defensores del búnker cada vez más derrotado.
Si algo ayuda a entender la efervescencia de los
seis primeros meses del año 77, desde enero hasta las elecciones generales de
junio, es la relación de los (nada más y nada menos que 37) reales decretos e
incluso leyes que allanaban el camino al consenso porque ya eran parte del cambio: la supresión del
franquista Tribunal de Orden Público y de toda la legislación a él asociada, en
enero; la legalización de partidos políticos de febrero, que no era sino un
hábil retoque del llamado Estatuto de Asociaciones Políticas del
tardofranquismo (ya modificado por un
real decreto-ley de junio del año anterior, todavía bajo el franquista Carlos
Arias Navarro, al cual de hecho “revisa parcialmente”) que eliminaba la
arbitrariedad gubernamental a la hora de ser admitido en el Registro de
Asociaciones Políticas; las medidas de gracia de marzo que permitieron que
docenas de presos vascos salieran a la calle y la ampliación ese mes además de
los supuestos de la amnistía del año anterior; el Real Decreto-ley sobre Normas
electorales, del día 18 del mismo mes, que estableció la representación
proporcional para el Congreso, con candidaturas bloqueadas y cerradas y
candidaturas individuales para el Senado, en ambos casos presentadas por partidos
políticos, federados o coligados; como de marzo es la regularización del
derecho de huelga; la Ley de abril sobre regulación del derecho de asociación
sindical (de libertad sindical, en suma, que supone la legalización ese mismo
mes de CC. OO., UGT, USO, la nacionalista vasca Eusko Langileen
Alkartasuna-Solidaridad de los Trabajadores Vascos –ELA-STV− y el nacionalista
catalán Solidaritat d'Obrers de Catalunya –SOC–, así como la de la
anarcosindicalista Confederación Nacional del Trabajo −CNT− y otras
organizaciones sindicales ya en mayo); la supresión del Movimiento Nacional
por medio de un real decreto-ley de 1 de abril, titulado nada más y nada menos
que “sobre reestructuración de los órganos dependientes del Consejo Nacional y
nuevo régimen jurídico de las Asociaciones, funcionarios y patrimonio del
Movimiento”; la libertad de expresión promulgada ese mismo día también…
Incluso el restablecimiento de las relaciones diplomáticas con los países del bloque comunista, que se completaba el día 9 de febrero, cuando se acuerda con la Unión Soviética, Checoslovaquia y Hungría el intercambio de embajadores, tal y como ya se había llevado a cabo un mes antes con Rumania, Bulgaria, Polonia y Yugoslavia.
[Este texto es una adaptación de algunos de los que componen mi libro de 2015 La Transición (Sílex ediciones).]
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